• Documento Nacional de Identidad
  • Pasaporte

 

Aclaraciones

  1. Los menores de 18 años deberán viajar en compañía de sus padres quienes lo acreditarán presentando LIBRETA DE FAMILIA o PARTIDA DE NACIMIENTO ORIGINAL. Si viajan solos o con alguno de ellos lo harán con una AUTORIZACIÓN de los mismos ante escribano público colegiada o ante un juez competente.
  2. En caso de uno de los padres haya fallecido, deberá presentar el Acta de Defunción junto a la Partida de Nacimiento del menor, en su defecto la Libreta de Familia donde estén registradas las dos situaciones.
  3. En el caso de extranjeros que vivan en Argentina utilizarán la misma documentación que los nativos, con la salvedad que en caso de viajar con Documento Nacional de Identidad deberán ser residentes permanentes en el caso de extranjeros procedentes de países a los que le República Oriental del Uruguay les exige VISA deberán viajar con el pasaporte de su país de origen el que tendrá la intervención consular correspondiente.
  4. Las personas que viajen con cédula de identidad y sean de países limítrofes también deben presentarse con la entrada al país (vigente).

 

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